Vender una vivienda heredada en Alicante o Benidorm es de las operaciones más habituales que gestionamos — y de las que más dudas generan, porque mezcla trámites de herencia, impuestos y la propia venta. Éste es el camino completo, en orden y sin jerga.
Paso 1 — Reúne los certificados
Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades (dice si hay testamento y en qué notaría) y certificado de seguros de vida. Si hay testamento, se pide copia autorizada; si no lo hay, se tramita una declaración de herederos ante notario.
Paso 2 — Acepta la herencia ante notario
Todos los herederos firman la escritura de aceptación y adjudicación, que reparte los bienes. Consejo importante: el valor que se asigne a la vivienda en esta escritura será tu valor de adquisición cuando la vendas — declararlo realista (no de mínimos) puede ahorrarte mucho IRPF después.
Paso 3 — Liquida los impuestos de heredar
Impuesto de Sucesiones: plazo de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable otros 6 si se pide dentro de los primeros 5). La buena noticia: en la Comunitat Valenciana está bonificado al 99% para cónyuge, hijos y padres, así que en herencias directas el coste suele ser mínimo.
Plusvalía municipal: también se paga al heredar (plazo 6 meses). Guarda el justificante: es deducible cuando vendas. Más detalle en la guía de plusvalía.
Paso 4 — Inscribe la vivienda en el Registro
Con la escritura de herencia y los impuestos liquidados, se inscribe el inmueble a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad. Sin este paso no se puede vender. Suele tardar unas semanas.
Paso 5 — Vende como cualquier otra vivienda
A partir de aquí aplica lo mismo que en toda venta: valoración realista, documentación en regla y una buena estrategia de comercialización. Si sois varios herederos, todos debéis firmar (o apoderar a uno). En VITALITY coordinamos herencias con varios hermanos, incluso residiendo en distintas ciudades o países, y firmamos con poderes cuando hace falta.
Información general orientativa, no asesoramiento legal o fiscal. Trabajamos con notarías y asesores de confianza en Alicante y Benidorm si necesitas ayuda con los trámites.
Preguntas frecuentes
¿Puedo vender una casa heredada antes de 6 meses?
Sí. El plazo de 6 meses es para liquidar el Impuesto de Sucesiones, no un mínimo de espera para vender. En cuanto la herencia está aceptada ante notario, los impuestos liquidados y el inmueble inscrito a vuestro nombre en el Registro, se puede vender.
¿Cuánto pagan los hijos por heredar una vivienda en la Comunitat Valenciana?
Desde 2023 la Comunitat Valenciana aplica una bonificación del 99% en el Impuesto de Sucesiones para cónyuge, hijos y padres, por lo que en la mayoría de herencias directas el impuesto es casi simbólico. La plusvalía municipal por la herencia sí se paga aparte.
¿Qué pasa si un heredero no quiere vender?
Para vender hace falta el acuerdo de todos los copropietarios. Si no hay acuerdo, las opciones habituales son que unos compren la parte de otros (extinción de condominio, fiscalmente más barata que una compraventa) o, como último recurso, la división judicial de la cosa común.
¿Qué valor se usa después para el IRPF si vendo?
El valor de adquisición es el declarado en la escritura de herencia (con el límite del valor de referencia). Si vendes por más, tributas por la diferencia. Declarar en la herencia un valor realista evita pagar de más al vender.
¿Qué documentos necesito para empezar?
Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, copia del testamento (o declaración de herederos si no hay), escrituras de la vivienda y recibo del IBI. Con eso un notario puede preparar la aceptación de herencia.