En Alicante hay cientos de oficinas abiertas y, para el propietario, ninguna barrera visible: todas tienen web, todas prometen vender rápido y todas enseñan fotos bonitas. La diferencia real está en cosas que se pueden comprobar en veinte minutos, antes de firmar nada. Estas son las ocho señales que separan a un profesional registrado y asegurado de alguien que publica tu piso en un portal y espera a ver qué pasa.

Señal 1: está inscrita en el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria

Desde el 16 de octubre de 2022 la Comunitat Valenciana tiene registro propio. Lo creó el Decreto 98/2022, de 29 de julio, del Consell, y el matiz importante es este: el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunitat Valenciana es público, gratuito y obligatorio para toda persona física o jurídica que intermedie de forma habitual y remunerada en compraventas, alquileres, permutas o cesiones. No es un sello voluntario ni una asociación a la que uno se apunta si le apetece.

Para inscribirse hay que acreditar capacitación profesional —título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria, una titulación universitaria de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ingeniería o Arquitectura, o al menos 200 horas de formación inmobiliaria—, un establecimiento abierto al público con sus licencias y altas fiscales, y solvencia económica. La pregunta es corta: ¿estáis inscritos y me lo podéis acreditar? Una vez inscrito, el agente recibe un documento acreditativo y un distintivo normalizado para exhibirlo.

Señal 2: tiene seguro de responsabilidad civil y aval, y te enseña las pólizas

El mismo decreto fija importes mínimos muy concretos. El seguro de responsabilidad civil profesional debe cubrir al menos 600.000 € por siniestro y año de seguro, con un sublímite de 150.000 € por víctima; si la agencia trabaja exclusivamente por vía telemática, sube a 1.000.000 €. Además hace falta un aval bancario o seguro de caución de 60.000 € por establecimiento abierto al público y año —300.000 € si solo opera en remoto— pensado para proteger tu dinero si el agente recibe cantidades a cuenta y no puede transferirlas.

La norma obliga al agente a facilitar el número de póliza y el nombre de la entidad aseguradora a quien se lo pida, y a que ambos consten en el contrato de mandato o en la nota de encargo. Pídelo sin rodeos. Una agencia inmobiliaria en Alicante que no puede enseñarte esos datos no está en condiciones de llevar una operación de 200.000 o 400.000 euros.

Señal 3: te entrega un contrato de encargo por escrito

El acuerdo verbal no protege a nadie, y menos a ti. El encargo debe recoger por escrito el precio de salida, los honorarios y cómo se calculan, el plazo, si la gestión es en exclusiva o compartida, qué pasa si vendes por tu cuenta y en qué momento nace el derecho a cobrar. Si te piden firmar algo de media página sin importes, es una señal suficiente para levantarte de la mesa. Este es el resumen de las ocho señales y de lo que debería encenderte una luz roja:

SeñalQué comprobarBandera roja
1. RegistroDocumento de inscripción en el registro autonómico«Eso es voluntario»
2. SegurosRC de 600.000 € y aval o caución de 60.000 €No facilita póliza ni aseguradora
3. ContratoEncargo por escrito con precio, plazo y honorariosAcuerdo de palabra
4. ValoraciónComparables reales de tu zona, con fechaLa cifra más alta, sin justificar
5. MarketingPlan por escrito: fotos, plano, vídeo, portales, plazos«Lo subimos a los portales»
6. ComisiónPorcentaje, IVA y qué incluye, por escritoGastos por adelantado
7. IdiomasAtención real en inglés y otros idiomasTraductor improvisado en la visita
8. ReporteInforme periódico de visitas y ofertasSilencio durante semanas

Señal 4 y 5: valoración justificada y plan de marketing por escrito

La valoración no es un número, es un argumento. Debe venir con testigos: inmuebles comparables de tu calle o tu barrio, vendidos o en venta, con superficie, planta, ascensor, estado, orientación y fecha. Cuidado con el juego de captar por precio: quien te promete la cifra más alta no está valorando, está pujando por tu encargo, y tres meses después vendrá la primera bajada. Alicante ciudad cerró agosto de 2026 en 2.721 €/m² de media según idealista, pero dentro del municipio hay zonas en 3.859 y zonas en 1.368: la media no vale para tu piso. Si quieres una referencia rápida antes de sentarte con nadie, empieza por la valoración online gratuita y por la guía de cuánto vale mi casa.

El plan de marketing también se pide por escrito, y es más revelador de lo que parece: qué fotos, si hay plano acotado, si hay vídeo o tour virtual, en qué portales se publica y con qué posicionamiento, si habrá campañas de pago, cómo se filtra a los curiosos y en cuántos días estará todo publicado. Una promesa de «lo subimos a los portales» no es un plan.

Señal 6: quién paga la comisión y qué incluye

En España los honorarios no están regulados: cada agencia fija los suyos y son negociables. La horquilla habitual se sitúa entre el 3 % y el 7 % del precio final de venta, más el 21 % de IVA, con una media sectorial justo por debajo del 5 %. Lo habitual es que los pague el vendedor, que es quien contrata el servicio, pero puede pactarse otra cosa: lo que no puede pasar es que no esté escrito. Pregunta también qué incluye exactamente —reportaje fotográfico, documentación, negociación, acompañamiento a notaría— y cuándo se devenga, que normalmente es en la firma de la escritura.

Señal 7: cómo elegir agencia inmobiliaria en Alicante si tu comprador es extranjero

En la provincia de Alicante el 44,65 % de las compras de vivienda las firma un extranjero: es la cuota más alta de España. Traducido a tu venta, significa que casi una de cada dos personas que puede comprar tu casa no habla español con soltura y necesita entender el proceso, los impuestos y los plazos en su idioma. Una oficina que atiende en inglés, francés, neerlandés o alemán no es un lujo: es la diferencia entre recibir una oferta y perder al comprador en la segunda llamada. Pregunta quién atenderá las visitas y en qué idiomas, y si puedes, pásate por la oficina: nuestras oficinas de Alicante y Benidorm están para eso.

Señal 8: te reporta, aunque las noticias sean malas

El reporte es la parte que casi nadie pregunta y la que más cambia la experiencia. Deberías recibir, cada dos semanas como mucho, cuántas visitas ha tenido el anuncio, cuántas solicitudes, cuántas visitas presenciales, qué ha dicho la gente y qué ofertas hay sobre la mesa. Con esos datos, ajustar precio o presentación es una decisión informada; sin ellos, es una corazonada. Y si la agencia solo llama cuando quiere bajar el precio, ya sabes en qué fase del proceso estás.

Lectura relacionada: cuánto cobra una inmobiliaria en Alicante en 2026, exclusiva o multiagencia y tasación o valoración.

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio que una inmobiliaria esté inscrita en el registro de la Comunitat Valenciana?

Sí. El Decreto 98/2022, de 29 de julio, del Consell creó el Registro de Agentes de Intermediación Inmobiliaria de la Comunitat Valenciana y lo define como público, gratuito y obligatorio para toda persona física o jurídica que intermedie de forma habitual y remunerada. Puedes pedir a la agencia el documento acreditativo de su inscripción.

¿Qué seguro debe tener una inmobiliaria en Alicante?

Un seguro de responsabilidad civil profesional de al menos 600.000 euros por siniestro y año, con sublímite de 150.000 euros por víctima, y un aval bancario o seguro de caución de 60.000 euros por establecimiento abierto al público y año. El decreto obliga al agente a facilitar el número de póliza y el nombre de la aseguradora a quien se lo pida.

¿Cómo sé si una valoración de mi vivienda es seria?

Porque viene acompañada de testigos: inmuebles comparables de tu zona realmente vendidos o en venta, con superficie, estado, planta, orientación y fecha. Una cifra sin comparables no es una valoración, es una forma de captar el encargo prometiendo lo que el mercado no paga.

¿Puedo cambiar de agencia si no estoy conforme?

Sí, respetando lo pactado en el contrato de encargo: plazo, preaviso y forma de comunicarlo. Además, si firmaste fuera de la oficina de la agencia tienes 14 días naturales de desistimiento como consumidor y la agencia está obligada a informarte de ese derecho por escrito.