Es el miedo número uno de muchos propietarios, así que empecemos por los hechos. Desde el 3 de abril de 2025 está en vigor la reforma conocida como "ley antiokupas" (Ley Orgánica 1/2025), que incorpora los delitos de allanamiento de morada y usurpación al procedimiento de juicio rápido: la vista judicial y, en su caso, la orden de desalojo pueden llegar en unos 15 días, frente a los meses —o años— de antes. Si el ocupante no acredita un contrato o autorización válida, el procedimiento avanza directo hacia el desalojo.
Los datos de la provincia ponen el problema en su tamaño real. Alicante es la cuarta provincia de España en viviendas okupadas puestas a la venta (unas 1.400 a finales de 2025), pero eso supone apenas el 1,4% del total de pisos en venta — la mitad de la media nacional. Y las nuevas demandas por ocupación cayeron un 51% en la primera mitad de 2025 (70 casos en toda la provincia). Traducción: el riesgo existe, sobre todo en vivienda vacía y sin control, pero está lejos del catastrofismo que se escucha.
La mejor defensa sigue siendo la prevención, y las reglas son sencillas: que la vivienda no parezca vacía (correo recogido, alguien que pase con frecuencia), cerraduras en buen estado y, en segundas residencias que pasan meses cerradas, una alarma conectada — la respuesta en las primeras 48 horas, cuando el allanamiento es flagrante, es la más rápida de todas. Si la vivienda va a estar mucho tiempo desocupada, alquilarla bien o venderla suele ser mejor negocio que tenerla parada y expuesta.
Un apunte final que pocos conocen: una vivienda okupada también se puede vender — de hecho hay un mercado creciente de inversores que las compran con descuento — y con la ley de 2025 el camino para recuperarla antes de vender es mucho más corto. Cada caso tiene su matiz legal y conviene asesorarse bien. Si tienes una vivienda vacía en Alicante o Benidorm y no sabes qué hacer con ella, cuéntanoslo: te diremos qué opciones tienes y cuánto vale hoy, esté como esté.